Algunas novedades del recien publicado Convenio General del Sector de la Construcción 2007-2011:
- Se introduce, por primera vez, el salario mínimo sectorial, que ascenderá a 13.500 euros en 2007 para el nivel XII (peón).
- Las pagas extraordinarias de verano y navidad, no se podrán prorratear.
- Se fija una indemnización para todos los contratos temporales o de duración determinada, que ascenderá al 7% del importe de las remuneraciones salariales de las tablas del convenio percibidas durante la vigencia del contrato. Este punto es especialmente importante si tenemos en cuenta que cerca del 70% de los contratos de nustro sector son temporales
- Se dispone expresamente que al menos 21 días de los 30 días naturales de duración de las vacaciones deban ser laborables, pudiéndose distribuir éstas en periodos de al menos diez días laborables
- El trabajador con al menos, una antigüedad en la empresa de un año, tendrá derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no inferior a cuatro meses ni superior a cinco. Así mismo se amplía a 2 años el periodo de excedencia para el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cuando por razones de edad, accidente o enfermedad, éste no pueda valerse por sí mismo ni desarrolle actividad retribuida, y en cuanto a la reserva de puesto de trabajo, se amplía de 1 año a 15 meses para trabajadores con familia numerosa de categoría general y a 18 meses para trabajadores que formen parte de familias numerosas de categoría especial.
viernes, 17 de agosto de 2007
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